Se publica proyecto de DS que modifica «DS 019-2016-TR: Reglamento de la Ley General de Inspección de Trabajo»

El 04/11/2019 se publicó la RM 264-2019-TR, proyecto que modifica el DS 019-2006-TR. Las modificaciones se refieren a los artículos 18.6, 46.11  y 48.3:

  • Medidas Inspectivas, Artículo 18.6:
    • A solicitud del sujeto inspeccionado que emplee un máximo de 10 trabajadores, la autoridad inspectiva de trabajo podrá suscribir un convenio de formalización, siendo necesario la aceptación del trabajador(a) afectado(a). indicándose además la información mínima que debe contener dicho convenio.
    • El artículo actualmente vigente indica que es la autoridad competente de inspección del trabajo la que podrá disponer la implementación de planes de formalización destinados preferentemente a las micro y pequeñas empresas.
  • Infracciones muy graves a la labor inspectiva, Artículo 46.11:
    • No cumplir o cumplir parcialmente el convenio de formalización de acuerdo a los términos estipulados en el mismo.
    • El artículo actualmente vigente señala escuetamente como infracción el incumplimiento del plan de formalización.

  • Cuantía y aplicación de sanciones, artículo 48.3
    • Si bien mantiene el mismo cuadro de sanciones económicas señalado en el DS 015-2017-TR, se crea una cuarta categoría de infracción en el cuadro de infracciones para los trabajadores del hogar en comparación a lo contemplado en el DS 015-2017-TR.

Esta RM 264-2019-TR indica en su artículo 1ro. que se podrán recibir opiniones, comentarios o sugerencias de empleadores y trabajadores, o sus respectivas organizaciones, de las entidades pública o privadas y de la ciudadanía en general durante 30 días calendarios contados a partir del día siguiente de su publicación en el diario El Peruano al correo kyarleque@trabajo.gob.pe

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