Plan de Emergencia y Plan de Contingencia: ¿es lo mismo?
Toda organización debe estar preparada para hacer frente a cualquier emergencia que pueda suceder en la organización, y usualmente se usan los términos Plan de Emergencia y Plan de Contingencia como sinónimos, pero … ¿en realidad son lo mismo?
Para responder a esta pregunta revisemos las siguientes definiciones:
- Según la Ley 28551 “Ley que establece la obligación de elaborar y presentar planes de contingencia”
- Según el DS 005-2012-TR “Reglamento de la ley de SST”
Como podemos ver:
- El Plan de Emergencia debe indicar las acciones para hacer frente a una emergencia: quien hace que cosa (responsabilidades), con que se hace frente a la emergencia (recursos), cuando se requiere apoyo externo (fuentes de ayuda externas) tales como bomberos, ambulancia, etc.
- El Plan de Contingencia establece objetivos a lograrse, estrategias a implementarse que pueden incluir niveles de responsabilidades de la organización para hacer frente a una emergencia, necesidades de capacitación, equipos requeridos para hacer frente a las emergencias identificadas, además de las acciones para hacer frente cuando ocurre la emergencia (es decir el Plan de Emergencia en sí).
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