Matrices IPER: Criterios para identificar los peligros del ambiente de trabajo
Es obligación de todo empleador “garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores en el desempeño de todos los aspectos relacionados con su labor, en el centro de trabajo o con ocasión del mismo” (art. 49-a de la ley 29783). Esto implica no solo identificar los peligros y riesgos propias de las actividades del puesto de trabajo, sino también del ambiente de trabajo:
- Mobiliario (mesas de trabajo, estantes, sillas entre otros).
- Medios de acceso al área de trabajo (pasillos, escaleras, ascensores).
- Condiciones ergonómicas del ambiente de trabajo (ruido, iluminación u otros que puedan aplicar. Ver RM 375.2008-TR).
- Áreas de acceso restringido (espacios confinados, subestaciones eléctricas u otros existentes dentro de las instalaciones que la organización determine de acceso restringido).
El no identificar todos los peligros implica también que “la información y los conocimientos necesarios en relación con los riesgos en el centro de trabajo y en el puesto o función específica, así como las medidas de protección y prevención aplicables a tales riesgos” (ver art. 52 de la Ley 29783) se realice en forma parcial.
Luego, ante la ocurrencia de un accidente de trabajo por algunos de estos factores relacionado al ambiente de trabajo, en caso la organización no pueda demostrar que el peligro que ocasionó el accidente si estaba contemplado en sus matrices IPER, podrá ser sancionada. Podemos citar algunos ejemplos de sanciones:
- Accidente mortal de trabajador que ingresa sin autorización a espacio confinado.
- Desobedeciendo las órdenes que minutos previos le había dado su Supervisor, un trabajador ingresa a un espacio confinado para realizar una labor (por iniciativa propia) que no estaba dentro de sus funciones del puesto de trabajo, lo que ocasiona la muerte del trabajador.
- La sanción impuesta señala que la organización no había implementado las señalizaciones de advertencia respectivas del espacio confinado.
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- Se aplica la multa que se indica a continuación:
- Accidente de trabajo (corte en mano) al manipular anaqueles en almacén
- A criterio de la organización, los anaqueles no conllevaban el riesgo de corte en su manipulación, por lo que no lo consideró en su matriz IPER, sin embargo, el accidente ocurrió, siendo incompleta la identificación de peligros.
- Accidente por ascensor del edificio administrativo en malas condiciones de seguridad
- Aquí, la organización contaba con un ascensor en malas condiciones que ocasionó el accidente de un trabajador. Cabe señalar que el uso del ascensor no fue considerado dentro de la identificación de peligros de la organización.
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