Evaluaciones ergonómicas y psicosociales, ¿son obligatorias?

Evaluaciones 1 Implementar un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) requiere se cumplan las leyes nacionales aplicables a la organización.

La exigencia legal para la realización de evaluaciones psicosociales y ergonómicas está  contenida en:

  • Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, en su artículo 65 indica que “En las evaluaciones del plan integral de prevención de riesgos, se tiene en cuenta los factores de riesgo que puedan incidir en las funciones de procreación de los trabajadores; en particular, por la exposición a los agentes físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales, con el fin de adoptar las medidas preventivas necesarias”
  • DS 005-2012-TR en su artículo 33, menciona entre los registros obligatorios: el registro de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y factores de riesgo disergonómico.

Evaluaciones 2Para cumplir con estas obligaciones es necesario que las organizaciones realicen evaluaciones psicosociales y ergonómicas para todos sus trabajadores en sus ambientes de trabajo, en forma anual.

Las evaluaciones psicosociales no son equivalentes a las evaluaciones médicas:

  • Las evaluaciones médicas exigidas por la RM 312-2011-MINSA, requiere se generen los anexo 2 y 3 que contempla esta resolución (ficha médica ocupacional y ficha psicológica ocupacional respectivamente).
  • La ficha psicológica ocupacional mencionada en el punto anterior permite evaluar el estado de salud mental del trabajador.
  • En cambio la evaluación psicosocial permite evaluar factores de riesgo psicosociales en el ambiente de trabajo.
  • Finalmente la evaluación ergonómica (riesgos disergonómicos) permite identificar riesgos ergonómicos en el puesto de trabajo: para trabajos repetitivos de pie o sentado, posturas estáticas, mobiliario amigable al trabajador, entre otros.

Se tienen casos de empresa que ya han sido sancionadas inicialmente por el Ministerio de Trabajo y ahora por la SUNAFIL, por no haber realizado estas evaluaciones ergonómicas y psicosociales (ver Resolución Directoral N° 080-MTPE/1/20.2), por ello es conveniente planificarlas y realizarlas dentro de las actividades anuales previstas por la organización dentro de su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST).

¿Quiénes pueden realizar estas evaluaciones? Podemos encontrar un listado bastante amplio de clínicas ocupacionales acreditadas en la página web de DIGESA.

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2 Comentarios

  1. HOLA,
    LOS MONITOREOS BIOLÓGICOS SON OBLIGATORIOS O TAN SOLO CON PREVENCIÓN PUEDE EVITARSE UNA INFRACCIÓN.?

    SI LOS MONITOREOS PSICOSOCIALES SON OBLIGATORIOS, QUE MEDIDAS SE DEBEN TOMAR SI ALGUNOS CRITERIOS EVALUADOS SALEN POR DEBAJO DEL LIMITE OSEA COMO UNA INCONFORMIDAD?. YA QUE PIENSO QUE NINGÚN MONITOREO PSICOSOCIAL PUEDE SER EXACTO Y VERAZ, PORQUE VA DEPENDER DEL ESTADO DE ANIMO DE LA PERSONA EN ESE MOMENTO.

    SALUDOS,
    CARLOS.

    • Estimado lector, los monitoreos biológicos serán obligatorios siempre que se determine si son un factor de riesgo para nuestra organización. Así, si laboramos en una clínica, en una planta de néctares de fruta o en una planta de beneficio de animales, si seria obligatorio realizar un monitoreo biológico. Sería recomendable que el médico ocupacional de la organización determine si existe la necesidad de realizar algún monitoreo biológico.
      Respecto a los monitoreos psicosociales, los realizan especialistas en la materia que para poder realizarlo, deben visitar las instalaciones de la organización, conversar con el personal, evaluar el clima laborar entre otras actividades. Como resultado de esta evaluación, emiten un informe con recomendaciones a implementar. Nuevamente el médico ocupacional de la empresa deberá evaluar este informe así como las recomendaciones a implementar, a fin de tenerlas en cuenta al momento de implementar el Plan de Salud Ocupacional (ver funciones del médico ocupacional en nuestro artículo del siguiente link: http://egcperu.com/normas-legales/aprueban-perfil-de-competencias-del-medico-ocupacional-3/).
      Es conveniente pedir al médico ocupacional evaluar las acciones a seguir que deriven de los monitoreos de factores fisicos / quimicos / biológicos así como las evaluaciones ergonómicas y psicosociales: en conjunto se podrán tomar mejores acciones dentro de nuestro sistema de gestión SST.

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