¿Es lo mismo Supervisión que Supervisión Efectiva en SST?
Cuando se implementa un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, lo usual es realizar inspecciones para verificar que todo funcione según lo previsto así como para verificar se cumplan los controles establecidos. A estas “inspecciones”, la legislación peruana las cataloga, según el fin perseguido, en supervisión y supervisión efectiva.
Veamos que interpreta la legislación peruana como Supervisión:
- La ley de seguridad y salud en el trabajo N° 29783, en su artículo 40 señala que el objeto de la supervisión permite:
- Identificar fallas o deficiencias en el sistema de gestión.
- Adoptar medidas correctivas / preventivas para eliminar o controlar los peligros.
- Prever el intercambio de información.
- Aportar información sobre si se están aplicando las medidas de prevención.
- Sirve de base para mejorar la identificación de peligros y control de riesgos.
- En palabras sencillas, la “supervisión” sirve para monitorear si los controles operacionales establecidos son adecuados a los peligros identificados, se vienen aplicando o deben mejorarse.
En cambio, en cuanto a Supervisión efectiva:
- El artículo 26 del Reglamento de la ley de seguridad y salud en el trabajo DS 005-2012-TR, en el literal “c” establece que:
- Se debe disponer de una supervisión efectiva, según sea necesario, para asegurar la protección de la seguridad y salud de los trabajadores.
- Según la Resolución de Intendencia N° 044-2016-SUNAFIL/ILM (sanción a una empresa por falta de una supervisión efectiva entre otros temas), la “supervisión efectiva” es una medida de control o prevención que se deriva de algún documento de evaluación de riesgos tales como el IPER u otro que haga sus veces.
- Para entender bien este definición, veamos el siguiente ejemplo: en una matriz IPER, para un peligro derivado de un trabajo de alto riesgo, se suelen colocar como controles:
- Realizar la labor por personal capacitado y autorizado
- Usar determinados EPP’s.
- Contar con el permiso escrito para trabajos de alto riesgo (PTAR)
- Realizar la operación según lo establecido en el procedimiento escrito de trabajo seguro respectivo (PETS).
- Realizar inspecciones periódicas para verificar su cumplimiento
- Estas inspecciones periódicas son las que la legislación nacional denomina supervisión efectiva.
- Se entiende que no todos los controles operacionales que se definan en una matriz IPER o documento similar, van a requerir una supervisión efectiva.
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