¿Cumple nuestro Plan Anual de SST con la normativa vigente?
Como sabemos, uno de los documentos que por obligación legal debe tener el sistema de gestión SST de toda organización es el Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
La RM 050-2013-TR “Formatos referenciales” contempla en su anexo 3 un modelo de Plan Anual de SST que establece los puntos mínimos que debe contener. De no hacerlo, puede ser sancionado como una falta grave (art.27.7 del DS 019-2016-TR) con la sanción económica correspondiente.
El modelo de Plan Anual de SST que establece la RM 050-2013-TR contiene 17 puntos. Algunos de estos puntos que debe requerir nuestra especial atención son:
- Procedimientos:
- Además de los procedimientos generales aplicables a todo sistema de gestión SST (procedimiento de investigación de accidentes e incidentes, procedimiento de inspecciones, procedimiento IPER, procedimiento para trabajos de alto riesgo, etc.), se deberían incluir también los procedimientos y/o instructivos derivados del control operacional que derivan de las matrices IPER.
- Como documentos de control operacional, algunas organizaciones cuentan también con PST (Procedimiento Seguro de Trabajo), PETAR (Procedimiento Escrito para Trabajos de Alto Riesgo), PET (Procedimiento Escrito de Trabajo). Estos documentos también deberían figurar como parte de los controles operacionales en nuestras matrices IPER.
- Plan de contingencia:
- Usualmente lo usamos como sinónimo del Plan de Emergencia, lo cual no es correcto.
- Según el artículo 2 de la Ley 28551, “los planes de contingencia son instrumentos de gestión que definen los objetivos, estrategias y programas que orientan las actividades institucionales para la prevención, la reducción de riesgos, la atención de emergencias y la rehabilitación en casos de desastres permitiendo disminuir o minimizar los daños, víctimas y pérdidas que podrían ocurrir a consecuencia de fenómenos naturales, tecnológicos o de la producción industrial, potencialmente dañinos”.
- Según el glosario de términos del DS 005-2012-TR, “el Plan de Emergencia es un documento guía de las medidas que se deberán tomar ante ciertas condiciones o situaciones de gran envergadura e incluye responsabilidades de personas y departamentos, recursos del empleador disponibles para su uso, fuentes de ayuda externas, procedimientos generales a seguir, autoridad para tomar decisiones, las comunicaciones e informes exigidos”.
- Es decir, el Plan de Emergencia nos dice como actuar frente a una emergencia y el Plan de Contingencia indica la estructura, recursos, medios, capacitaciones y organización para prevenir las emergencias, hacerles frente y las acciones a seguir luego de ocurrida la emergencia.
- Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST)
- La RM 050-2013-TR establece un modelo de este programa, por lo que sería conveniente que nuestro programa SST contemple toda la información requerida en este modelo.
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