Criterios para determinar EPP´s a entregar al personal y evitar sanciones

A fin de controlar un riesgo no tolerable para una organización, entre los controles operacionales a implementarse se puede optar por el uso de Equipos de Protección Personal (EPP): el no determinar adecuadamente los EPP´s requeridos y/o no entregarlos, podrá generar la aplicación de sanciones económicas. Este es el caso de una organización que no pudo evidenciar la entrega a uno de sus trabajador de los EPP`s respectivos:

La herramienta más usada para determinación los EPP’s a entregar a los trabajadores de la organización es la matriz IPERC. Para ello, como parte de los controles operacionales respectivos:

  • Indica el EPP´s específicos a la tarea / actividad que se realiza.
  • En ocasiones, la matriz IPER hace referencia a procedimientos, instructivos, PETS y/o PETAR´s (controles administrativos) los cuales también establecen el uso de ciertos EPP’s acorde a la actividad que se realiza.
  • Dependiendo del resultado de monitoreos de factores físicos, químicos y biológicos, puede establecer el uso o no de algún EPP (cuando el resultado de algún monitoreo sobrepase los Límites Máximos Permisibles -LMP y dependiendo de la naturaleza del agente a controlar).

Adicionalmente, también podrá determinarse el uso de uno o más EPP`s de requerirlo algún dispositivo legal específico.

Para el caso de la organización que fue sancionada señalada al inicio del presente artículo, la sanción se originó en que no pudo evidenciar la entrega de los EPP`s determinados en su matriz IPER y en su Plan COVID durante una inspección SUNAFIL realizada el 2020.

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