Se publica nuevo reglamento de inspecciones técnicas de seguridad

Inspecciones ITSEEl día de hoy 05/01/2017 se ha publicado el DS 002-2018-PCM “Decreto Supremo que aprueba el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad de Edificaciones” (ITSE).

Lo novedoso de este nuevo reglamento es que en su primera Disposición Complementaria Transitoria establece que los certificados ITSE emitidos con anterioridad tendrán una vigencia de dos años a partir de la vigencia de este nuevo Reglamento (es decir, ya no existirán más los certificados ITSE de vigencia indeterminada). Para aquellas solicitudes actualmente en trámite, continuarán bajo las disposiciones del DS 058-2014-PCM, teniendo también una vigencia de dos años.

Otra novedad de este nuevo reglamento es que reemplaza el concepto de área del ambiente objeto de la inspección ITSE, como criterio para decidir si la inspección ITSE se realiza antes o después de otorgarse la Licencia de Funcionamiento. Ahora, el criterio será el “nivel de riesgo” (artículo 18 del nuevo reglamento):

  • La inspección ITSE posterior al otorgamiento de la licencia de funcionamiento será para aquellos locales de riesgo bajo o medio, según la Matriz de Riesgos.
  • La inspección ITSE previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento será para aquellos locales de riesgo alto o muy alto, según la Matriz de Riesgos.

Se define la Matriz de Riesgos como un “instrumento técnico para determinar o clasificar el nivel de riesgo existente en la edificación, en base a los criterios de riesgo de incendio y de colapso vinculados a las actividades económica que se desarrollan” (artículo 2-t).

También se indica en qué casos se puede revocar una licencia ITSE.

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