RM 022-2024-MINSA: Requerimientos nuevo Plan COVID19
El pasado 13 de enero se publicó la RM 022-2024-MINSA que aprueba la Directiva Administrativa 349-MINSA/DGIESP-2024 “Disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al SARS-CoV-2”. Veamos algunos puntos importantes de esta directiva administrativa:
- En su glosario, contiene las siguientes definiciones:
- Profesional de la salud del servicio de SST: Por el presente documento técnico aquel que cumple la función de gestionar o realizar la vigilancia de la salud de los trabajadores por exposición al SARS-Co-2, de acuerdo con el tamaño del centro de trabajo.
- Responsable del servicio de seguridad y salud de los trabajadores: profesional de la salud u otro, que cumple la función de gestionar o realizar el Plan de vigilancia de la salud de los trabajadores en el marco de la ley 29783. Tiene entre sus funciones prevenir, vigilar y controlar el riesgo de exposición laboral por el SARS-Co-2.
- Comentario: el primero se refiere al responsable de vigilar se implemente y cumpla el Plan COVID, en cambio el segundo se refiere al profesional médico que toda organización debe tener, independientemente de su número de trabajadores (ver RM 571-2014-SA) y cuya función es vigilar y mantener el estado de salud de los trabajadores (no solo por el COVID, sino por exposición a contaminantes químicos, físicos, biológicos, ergonómicos, psicosociales que pueden causar daños a la salud).
- Elaboración del Plan COVID: En el numeral 5.5 se establece que a través del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo se debe elaborar el “Plan para la vigilancia, prevención y control de la COVID-19 en el trabajo”, el mismo que debe ser remitido al Comité SST o al Supervisor SST del centro de labores, para su aprobación en un plazo máximo de 48 horas a partir de su recepción.
- Obligación de su implementación: Aplica a todo empleador que realice o no actividades de alto riesgo (ver numeral 5.6).
- Disposiciones específicas para aplicación por el empleador (ver numeral VI):
- Vacunación contra la COVID-19: mantiene su carácter de recomendable mas no obligatoria.
- Ventilación de los centros de trabajo: se debe evaluar la adecuada ventilación a través de la medición de CO2. La ventilación podrá ser natura o mecánica.
- Evaluación del nivel de riesgo y valoración de la actitud del trabajador previo a su reincorporación: Mantiene la obligación de identificar el nivel de riesgo COVID por cada puesto de trabajo. Para los trabajadores que se reincorporen, deben presentar una Ficha de Sintomatología – Declaración jurada (según modelo en anexo 2 de esta resolución administrativa). Se establece que la realización de pruebas de laboratorio (PCR, antígeno) las determina el servicio de seguridad y salud en el trabajo[i] a fin de detectar posibles casos o contactos. Finalmente, se establece los pasos a seguir en caso de tener casos sospechosos o confirmados de COVID.
- Puntos de lavado o desinfección: se debe proveer punto de lavado con agua, jabón líquido y papel toalla o puntos de alcohol (a 70% y en gel), con carteles en cada punto que indiquen el método de lavado correcto o de aplicación de alcohol en las manos.
- Medidas de sensibilización: en las medidas de prevención, la importancia de reportar los síntomas relacionados al COVID del propio trabajador o de un familiar, constatado por un profesional de salud.
- Medidas preventivas de aplicación colectiva:
- Las reuniones o capacitaciones deben ser preferentemente virtuales.
- Se deben controlar los aforos.
- Medidas de protección personal: según lo determine el profesional de salud de la organización.
[i] El término “Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo” lo establece la Ley 29783 en su articulo 36 “Todo empleador organiza un servicio de seguridad y salud en el trabajo … cuya finalidad es esencialmente preventiva”. Es decir, es el área de la organización encargada de implementar y mantener un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo de acuerdo a los requerimientos de la legislación nacional que apliquen a la organización.
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