¿Cuándo debo renovar mi certificado de inspección técnica según la nueva ley N° 30619?

ITSE 2La Ley N° 30619 publicada el 27/07/2017, modifica el artículo 11 de la ley N° 28976, en el sentido de que el certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (ITSE) tiene vigencia de dos años a partir de  su expedición, manteniendo la licencia de funcionamiento su vigencia indeterminada. Señala además que el incumplimiento de la normativa por parte del administrado, constituye infracción y es causal de sanción que impone la autoridad municipal conforme a la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Anteriormente, de acuerdo al artículo 11 del N° 28976 (modificado posteriormente por el Decreto Legislativo 1200), tanto la licencia de funcionamiento como el certificado ITSE tenían vigencia indeterminada.

Es claro que a partir de la fecha, todo nuevo certificado ITSE que se emita tendrá la indicada duración de 02 años, debiendo renovarse periódicamente.

No se indica sin embargo si existe obligación o no de renovar el certificado ITSE de vigencia indeterminada para aquellos establecimientos que a la fecha de la publicación de esta ley N° 30619 ya contaban con el mismo. Se entiende que debemos esperar que este tema deba ser definido por una regulación legal complementaria.

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