EPP’s: ¿BASTA TENER CUALQUIER EPP?

Según el reglamento de la ley N° 29783, Ley de Seguridad en el Trabajo, “los equipos de protección personal (EPP) son dispositivos, materiales o indumentaria personal destinados a cada trabajador para proteger de una o varios riesgos presentes en el trabajo y que puedan amenazar su seguridad y su salud. Los EPP son una alternativa temporal y complementaria a las medidas preventivas de carácter colectivo.”

Si bien es cierto que los EPP’s protegen a los trabajadores contra posibles daños a su salud o su integridad física derivados de la exposición a los peligros en el lugar de trabajo, éstos deben ser seleccionados cuidadosamente de acuerdo al peligro a proteger.

Protección a la Cabeza (cráneo).

Podemos encontrar cascos apropiados para protección contra la corriente eléctrica, otros adecuados para golpes e inclusive para protección solar. Dependiendo del peligro debemos escoger el tipo de casco.

El casco protector no se debe caer de la cabeza durante las actividades de trabajo, para evitar esto puede usarse una correa sujetada a la mandíbula (barbiquejo).

Protección de Ojos y cara

Todos los trabajadores que ejecuten cualquier operación que pueda poner en peligro sus ojos, dispondrán de protección apropiada para estos órganos.

Por ejemplo:

  • Se debe usar lentes protectores cuando se manipula sustancias químicas corrosivas o similares, casos de desprendimientos o proyección de partículas, entre otros.
  • Cuando se ejecute operaciones de soldadura debe utilizar mascaras con lentes de protección (máscaras de soldador), están formados de una máscara provista de lentes para filtrar los rayos ultravioletas e infrarrojos.

Si la protección visual es para evitar contacto con algún vapor o gas, deberemos escoger un tipo de lente que sea “hermético” (entiéndase “pegado” a la cara). Para casos en que también se desee una protección respiratoria adicional, se debe evaluar la alternativa de una máscara completa, la cual provee protección visual y respiratoria.

Protección a los Oídos.

De acuerdo a la legislación peruana (RM 375-2008-TR), cuando el ruido supera los 85 dB, en una jornada de 08 horas, se debe usar una protección auditiva.

Para escoger adecuadamente la protección auditiva a usar (tapones, orejeras), debemos evaluar si el NRR (tasa de reducción del ruido) es adecuado para el uso que pretendemos dar. Así, si en un ambiente de trabajo el ruido es de 92 bB, y estamos usando un tapón auditivo cuya NRR es 29 dB, entonces el ruido que percibirá el trabajador será de: 92 – 29 = 63 dB, lo cual está dentro del rango que no reviste peligro para el trabajador (menor a 80 dB).

Si el ruido en el ambiente de trabajo es de 115 dB, este mismo tapón permitirá un ruido al trabajador de: 120 – 29 = 91 dB, lo cual está encima de los 85 dB permitidos para una jornada de 08 horas. En este caso deberá optarse por un tapón / orejera con mayor NRR.

Protección de las Vías Respiratorias.

Ninguna mascarilla (fija, descartable, media cara, etc.) es capaz de evitar el ingreso de todos los contaminantes del aire a la zona de respiración del usuario. Es por ello que seleccionemos adecuadamente el tipo de protección respiratoria, adecuado al peligro presente en el ambiente de trabajo.

Así, si en el ambiente de trabajo hay presencia de vapores orgánicos (solventes), sería incorrecto si optamos por una mascarilla para polvos: la protección contra los vapores orgánicos sería nula.

Se tienen mascarillas que protegen contra polvos, vapores ácidos, vapores orgánicos, amoniaco, humos de soldadura, etc. Es por ello importante que determinemos adecuadamente el contaminante en el ambiente de trabajo para una adecuada selección de las mascarillas.

Protección de Manos y Brazos.

Los guantes que se doten a los trabajadores, serán seleccionados de acuerdo al peligro a los cuales el usuario este expuesto y a la necesidad de movimiento libre de los dedos. No deben usarse guantes para trabajar con o cerca de maquinaria en movimiento o giratoria.

Cuando se manipula materiales ásperos o con bordes filosos, se  recomienda el uso de guantes de cuero o lona.

Al realizar trabajos de soldadura o fundición donde haya el riesgo de quemaduras con material incandescente, se recomienda el uso de guantes y mangas resistentes al calor.

Si se realiza trabajos eléctricos deben usar guantes de material aislante y cuando se manipule sustancias químicas se recomienda el uso de guantes largos de hule o de neopreno.

Protección de Pies y Piernas.

El calzado de seguridad debe proteger el pie de los trabajadores, contra humedad y sustancias calientes, contra superficies ásperas, contra pisadas sobre objetos filosos y agudos y contra caída de objetos, así mismo debe proteger contra el riesgo eléctrico.

Así en ambientes de trabajos donde haya riesgo de caída de objetos contundentes, tales como lingotes de metal, planchas, etc., debe dotarse de calzado de cuero con puntera de metal.

Cuando se realiza trabajos eléctricos, el calzado debe ser de cuero sin ninguna parte metálica, la suela debe ser de un material aislante.

Al realizar trabajos en medios húmedos, se usarán botas de goma con suela antideslizante; y para trabajos con metales fundidos o líquidos calientes, el calzado se ajustará al pie y al tobillo, para evitar el ingreso de dichos materiales por las ranuras.

En caso de protección para las piernas, los trabajadores que se encuentren expuestos a salpicadura de metales fundidos se les deben dotar de polainas de seguridad, las cuales deben ser resistentes al calor.

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