Cuando llamar la atención verbalmente por un incumplimiento SST no es suficiente
Con la finalidad de brindar a sus trabajadores entornos de trabajo seguros y saludables, las organizaciones implementan un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST), siendo parte importante del mismo la difusión a los trabajadores de los controles establecidos para los peligros identificados.
Se espera que los trabajadores, preocupados por su propia salud y seguridad, cumplan estos controles establecidos, sin embargo, encontraremos trabajadores que hacen caso omiso a cualquier disposición de SST establecida, exponiéndose innecesariamente el mismo o a sus compañeros a accidentes de trabajo o enfermedades laborales. Usualmente, la línea de mando suele llamar la atención en forma oral, pero los trabajadores suelen reincidir repetidamente en sus conductas inseguras. Tal es el caso de una organización, en la cual uno de sus trabajadores, por repetir una vez más un acto inseguro por el cual ya antes habia sido amonestado verbalmente, sufre un grave accidente. Al realizar la SUNAFIL la investigación respectiva, toma declaraciones de la organización que indicaban que el trabajador accidentado ya anteriormente había cometido el mismo acto inseguro y recibida la amonestación verbal respectiva del supervisor de turno.
Como se aprecia en la imagen anterior, la SUNAFIL indica en la sanción:
- La llamada de atención, por el elevado riesgo del acto inseguro, debió ser por escrito y no verbal.
- La organización debió realizar un mayor seguimiento para verificar el cumplimiento de los estándares de seguridad (entiéndase “controles operacionales”) establecidos.
Finalmente, la organización en mención fue sancionada por la ocurrencia del accidente en mención.
Recordemos que las sanciones a aplicar a los trabajadores están contenidas en el Reglamento Interno de Trabajo, documento que es obligatorio cuando la organización tiene más de 100 trabajadores (ver Decreto Supremo N.º 039-91-TR), sin embargo sería recomendable contar con ello aun en el caso que no sea obligatorio (menos de 100 trabajadores).
Muchas veces, por presión de mantener o elevar la productividad de la línea de producción, los trabajadores hacen caso omiso a los estándares de seguridad establecidos por la organización, muchas veces con la anuencia implícita de la línea de mando:
- Preventivamente, se deben hacer esfuerzos para sensibilizar a trabajadores y línea de mando en la importancia de respetar los estándares de SST de la organización.
- Entregar (y capacitar) las recomendaciones de SST por puesto de trabajo a todos y cada uno de los trabajadores (obligación legal)
- El área de SST de la organización deberá ser firme en solicitar la aplicación de las sanciones respectivas a los trabajadores que incumplan los estándares de SST.
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