¿Se puede sancionar la falta de orden y limpieza?

libre-del-desordenSi bien es fácil notar la relación existente entre la falta de orden y limpieza y la ocurrencia de accidentes y enfermedades ocupacionales, aún es un tema que debe ser trabajado en las organizaciones y que indudablemente está influenciado por la cultura organizacional.

El marco legal vigente (ver Reglamento de la Ley General de Inspección de Trabajo), sanciona la falta de orden y limpieza como:

  • Infracción leve: La falta de orden y limpieza del centro de trabajo que no implique riesgo para la integridad física y salud de los trabajadores.
  • Infracción grave: La falta de orden y limpieza del centro de trabajo que implique riesgos para la integridad física y salud de los trabajadores

Las multas que apliquen estarán en función del número de trabajadores afectados y del tipo de falta (infracción leve, grave o muy grave).

Ya se tienen casos de empresas sancionadas por la falta de orden y limpieza (ver Resolución Directoral N° 246-2014-MTPE/1/20.4), por lo que ya muchas organizaciones se encuentran realizando esfuerzos por mejorar sus estándares de orden y limpieza, realizan inspecciones periódicas, capacitan a sus trabajadores en “Orden y Limpieza bajo el esquema de las 5 S”, refuerzan la difusión y concientización de la cultura organizacional, entre otras acciones.

El “Principio de Protección” establece que las “condiciones de trabajo sean compatibles con el bienestar y la dignidad de los trabajadores y ofrezcan posibilidades reales para el logro de los objetivos personales de los trabajadores” (Ley 29783), siendo el orden y limpieza un factor que definitivamente influye en estas condiciones de trabajo, y que debemos tener en cuenta al implementar y mantener un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo.

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