Se modifica Ley N° 29751 “Protección y Defensa del Consumidor”

El día de hoy 05/09/2018 se publicó el DL 1390 que modifica la Ley N° 29751. Uno de los principales cambios aplica al artículo 58.1-e de la Ley N° 29751:

  • Emplear centros de llamada (call centers), sistemas de llamado telefónico, envío de mensajes de texto a celular o de mensajes electrónicos masivos para promover productos y servicios, así como prestar el servicio de telemercadeo, a todos aquellos números telefónicos y direcciones electrónicas de consumidores que no hayan brindado a los proveedores de dichos bienes y servicios su consentimiento previo, informado, expreso e inequívoco, para la utilización de esta práctica comercial.
  • Este consentimiento puede ser revocado, en cualquier momento y conforme a la normativa que rige la protección de datos personales.

Anteriormente, el impedimento de envío de correos masivos o llamadas de call centers se suscribía sólo a aquellos correos electrónicos o números telefónicos suscritos por los usuarios en el registro que el INDECOPI había habilitado para tal efecto.

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